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Munilla afirma que el Tribunal Constitucional "Ha pasado a ser un órgano político al servicio del Gobierno"

"Una sentencia ignominiosa". Así califica el obispo de Orihuela-Alicante, José Ignacio Munilla, el fallo del Tribunal Constitucional avalando la reforma del aborto. En un 'decálogo', el prelado acusa al Alto Tribunal de "prevaricación", al tomar, en su opinion, una decisión "en la que la ideología se impone sobre el derecho".

Munilla critica que el TC "reafirma el derecho a matar a un hijo en el seno materno", y se pregunta si "puede caber una abominación mayor". Al tiempo, añade el prelado, "se desprecia, una vez más, la patria potestad de los padres hacia sus hijas menores de edad". Aunque, "eso sí, ¡tendrán que seguir firmando el permiso para el viaje de estudios!"

Munilla también arremete con la anulación del período de tres días de reflexión "¡Mejor no pensar!", y que "se le niega a la mujer la información de los posibles efectos secundarios del aborto, a diferencia de lo que ocurre en cualquier intervención médica".

"Se prohíbe ofrecer alternativas para las mujeres que pudieran decidir seguir adelante con su embarazo", citica Munilla, quien lamenta que la norma "obliga a los hospitales públicos a participar en esta matanza… poniendo en el punto de mira a los médicos objetores y excluyéndoles de los comités hospitalarios de bioética".

"Se discrimina a las asociaciones que sostienen la defensa de la vida de los niños no nacidos, negando que puedan recibir ayudas públicas, simplemente por razón de su “opinión”", y sostiene que "el Estado asume la visión de la sexualidad de la ideología Gender, vulnerando principio de neutralidad ideológica del Estado y sesgando el derecho de los padres a formar la conciencia moral de sus hijos desde sus convicciones".

En definitiva, "se demuestra que el Tribunal Constitucional Español ha pasado a ser un órgano político al servicio del Gobierno. Baste recordar que en 1985, el Tribunal Constitucional reconoció el 'derecho a la vida del nasciturus'... ¿Cómo se explica que ahora se avale la constitucionalidad de una ley que permite abortar libremente?". Así, concluye, "se intenta intimidar a cuantos decidamos libre y respetuosamente rezar ante una clínica abortista. (Obviamente, no han podido prohibirlo, y ¡lo seguiremos haciendo!)".

Así, pues, las leyes no son justas por el hecho de su aprobación democrática, sino por su adecuación a la dignidad humana. Las leyes que toleran y regulan la violación del derecho a la vida son gravemente injustas y no deben ser obedecidas, pues no es justo permitir y todavía menos apoyar que unos padres maten a su hijo. En resumen, estamos ante unas leyes antidemocráticas porque violan los derechos humanos al permitir la muerte violenta de seres humanos inocentes y a la hora de opinar sobre ella no hay que olvidar este no pequeño detalle. Para la Iglesia, el derecho a la vida es una exigencia del bien común que el Estado tiene obligación de proteger activa y eficazmente.

La autonomía de la voluntad de la mujer tiene un límite que es el principio de no maleficencia (primum non nocere o principio de alterum non laedere, en el clásico Ulpiano). Y aquí, aunque él no lo tenga tan claro, sí existe un “otro” que merece todo el respeto jurídico, por ser ya uno de los nuestros, algo que no ha valorado debidamente la ética de mínimos o de justicia propia de una sociedad multicultural, ya que la moral y los principios innatos son comunes a todos y no deberían ser susceptibles de pactos jurídicos.

Además, se trata de un derecho sujeto a plazo, idea que repugna a cualquier jurista honesto: ¿Nos imaginamos que alguien nos pudiera insultar durante media hora sin ser por ello punible, pero siéndolo a partir de ese momento? ¿O que alguien tuviera el derecho a robar en nuestra casa sólo durante 10 minutos, pero siendo punible a partir de ese tiempo? ¿O que alguien pudiera secuestrarnos durante 10 días, de manera impunible, pero estándolo a partir de ese día? ¿No es esto absurdo desde cualquier punto de vista jurídico? ¿No es verdad que los derechos no deben estar sometidos a plazos, ni a condiciones resolutorias ni suspensivas porque el bien jurídico protegido es el mismo, en esencia, fuera o dentro de esos plazos? Según el Derecho constitucional los derechos se condicionan unos a otros, cierto, pero nunca, en caso de conflicto, uno se impone al otro de manera total durante un plazo de tiempo. Por todas esas razones, es absurdo decir que existe un derecho de la madre (¡amparada en su dignidad!) a matar a su hijo en el último minuto de la semana 13, mientras que en el primer minuto de la semana 14 ya será penado como delito, por el art. 145.2 del Código Penal.

El art. 6 de la Declaración Universal de Derechos Humanos de la ONU (1948) dice en su art. 6 que “Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica”. Como se ve, no se habla de persona, por lo que podríamos entender aquí también a los nasciturus. La Convención Americana de Derechos Humanos de 1969 ratifica esta afirmación, diciendo que “Para los efectos de esta Convención, persona es todo ser humano” (art. 1.2). La asimilación entre ser humano y persona es total.

La pregunta cae por su propio peso: ¿debe el Estado abstraerse, lavarse las manos ante esta matanza gratuita, muchas veces justificada por las circunstancias más veleidosas y egoístas que cabe pensar? ¿No se hace así corresponsable de la matanza de niños que sufre España y del daño físico y psíquico que con esta ley se inflige a las mujeres? ¿No es precisamente la dignidad y la integridad de los derechos de las mujeres las que deberían inspirar la actuación legislativa del Estado, impidiendo esta libertad para abortar? Al permitir el aborto libre el mundo se retrotrae a épocas precristianas, como cuando los espartanos tiraban desde el monte Taitetú a los bebés con defectos, para que los devorasen los lobos y los buitres; o como cuando los israelitas, caninitas y caldeos pasaban a sus primogénitos por el fuego o los entregaban en los brazos ardientes del Dios Moloch, que los arrojaba a su horno ardiente.

Invocar la “seguridad jurídica” para encubrir el asesinato es una burla del derecho y hasta una burla del sentido común. Quien debe estar seguro de la protección de la ley es el inocente. No tiene sentido extender, en este tema o ningún otro, una licencia para matar.

Este eclipse de la conciencia es el resultado, no lo dudemos, de la pérdida del sentido religioso de la vida. Se puede ser ateo y defender la vida. Sí. Pero la conexión de unas ideas con otras lleva, con mayor frecuencia, de la admisión de la no existencia de Dios – o de su irrelevancia – a la admisión de que nosotros, los fuertes, podemos decidir a nuestro arbitrio la suerte de los débiles. No es casual que se enarbolen a la vez las banderas de la muerte y del laicismo.

Así, pues, en España, el PSOE impulsó y aprobó la LOSS. No engañaba a nadie, pues siempre ha sido un partido proabortista. Sin embargo, el Partido Popular – en cuyo programa electoral lleva el timbre de “partido humanista cristiano” - renunció a reformarla o derogarla una vez en el poder, a cambio de una silla en el Consejo no permanente de Seguridad de Naciones Unidas para el bienio 2015-2016. También Jacob vendió su primogenitura por un plato de lentejas

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