Expertos en Derecho sanitario ven muy difícil que España pueda imponer la vacunación como en Austria.
La Constitución Española no contiene ningún precepto que
regule de forma específica y concreta el tema de la vacunación; por ello es
necesario planteamos si a través de una vacunación obligatoria se puede estar
vulnerando alguno de los derechos fundamentales de la persona garantizados en
la Constitución, comoson:
a) El derecho a la
integridad física y moral, y el derecho a la vida.
b) El derecho a la
libertad.
e) El derecho a la
intimidad personal.
El derecho a la integridad física y moral de las personas, y
el derecho fundamental a la vida quedan garantizados en el artículo 15 de la Constitución ("Todos tienen derecho a la
vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser
sometidos a (. . . ) tratos inhumanos o degradantes"). El derecho a la
libertad, que lleva implícito el derecho a la libertad física, queda garantizado
en el artículo 1 7, punto 1 ("Toda persona tiene derecho a la
libertad y a la seguridad”). El
derecho a la intimidad personal queda expresado en el artículo 18, punto l. La Ley General de Sanidad establece en sus
artículos l O. l y 9, unos límites a la adopción de medidas sanitarias de
carácter general, siendo éstos el derecho a la personalidad, la dignidad e
intimidad de las personas. Pero si nos
detenemos en el artículo 1 0.9, veremos que se establece de forma clara y
contundente que toda persona tiene derecho a negarse a un tratamiento, excepto
cuando tal negación pueda implicar un riesgo para la salud pública.
Además, dentro de
esta misma Ley, en su artículo 28, se regula que no se podrán tomar medidas
preventivas obligatorias cuando conlleven riesgos para la vida. Relacionando este artículo con la
vacunación obligatoria, cabría concluir que no sería posible la adopción de
medidas que conllevasen la vacunación obligatoria, puesto que, científica y empíricamente,
se ha demostrado que a pesar de la vacunación también existe el riesgo de
contraer la enfermedad de la que se intenta proteger al vacunado.
Obligar a la población a vacunarse contra el virus requeriría
de una ley concreta que lo permitiera. «Una vez que los médicos epidemiólogos
entiendan que sería necesario habría que arbitrarlo para que sea legal. Para
esto tiene que haber una ley que lo permita y en España hoy por hoy no existe»,
explica Juan José Bestard,
copresidente de la Sección de Derecho sanitario del Colegio de Abogados de
Madrid. La única forma de poder obligar a alguien a que le administre el
fármaco, dice este experto, sería mediante sentencia judicial. «En base a la
Ley 29/1998 reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en su
artículo 8.6, es posible que un juez autorice la vacunación de alguien, pero
dudo mucho que pueda utilizarse para una población indeterminada», afirma
El Tribunal
Constitucional se pronunció recientemente al respecto de esta cuestión al
suspender el apartado de la Ley de Salud de Galicia que contemplaba la
vacunación obligatoria de la población. El alto tribunal se pronunció así
tras el informe del Consejo de Estado en el que se señalaba que esta
circunstancia "establece una ruptura de la igualdad de derechos y deberes
de los ciudadanos" españoles incluidos en la Constitución.
Vageesh Jain es
miembro académico clínico en Medicina de Salud Pública del Instituto Nacional
de Investigación en Salud del University College London. A su juicio, "la vacunación obligatoria no aumenta
automáticamente la aplicación de la vacuna".
Además, cree que la obligatoriedad es combustible para los
antivacunas: "Un mandato del
gobierno no solo se topará con una oposición inquebrantable, sino que también
se utilizará como arma para reclutar a otros para la causa antivacunas".
Por útimo, Jain pone un ejemplo: "A principios de la
década de 1990, la poliomielitis era endémica en India y dejaba entre 500 y
1.000 niños paralizados diariamente. Para 2011, el virus había sido eliminado.
Esto no se logró mediante una legislación. Todo se debió a un esfuerzo
consolidado para involucrar a las comunidades, apuntar a los grupos de alta necesidad,
comprender las preocupaciones, informar, educar, eliminar barreras, invertir en
los sistemas locales de prestación de servicios y establecer vínculos con
líderes políticos y religiosos", concluye.

Comentarios
Publicar un comentario